El Derecho, la cultura y la democracia

el-derecho-la-cultura-la-democracia-aboglioHace un buen tiempo que el ordenamiento jurídico está en crisis, incapaz de resistir la incongruencia entre las estructuras de cosificación del animal no humano y la absoluta certeza de que la gran mayoría de los animales agredidos por el humano son seres conscientes, capaces de sentir y con interés en conservar su propia vida. Debido a la normosis de uso que se hace de los otros animales, la tensión se limita a emerger entre estos dos polos: la condena de la crueldad y el maltrato innecesario, y la aceptación de su uso como objetos de compañía, investigación, entretenimiento, etc.

Esta posición, conocida como bienestarista (welfarism legal), fue la aceptada por el Consejo de Estado colombiano, cuando en noviembre de 2013 se opuso a la realización de actividades que supusiesen un trato cruel, aunque estuvieran amparadas por un componente cultural, como la tauromaquia o las peleas de gallos, que tienen amparo legislativo (art. 7º, L. 84/89) y constitucional (Sent. C-666 del 2010). En tal sentido, finalmente el Consejo:

… señaló que la visión utilitarista no es absoluta ni impide que el ser humano se valga de los animales para sus actividades cotidianas, lo que censura es que entre mayor sea la capacidad de percibir placer o dolor por parte del animal (para lo cual habrá que verificar su sistema nervioso central) se realicen actos que generen o infligen sufrimientos innecesarios para ellos. [1]

Como escribí a principio del 2015 en este artículo, a fines del año 2014 la Corte había fallado contra el alcalde de Bogotá, quien se había negado a prestar la plaza para espectáculos organizados “alrededor de la muerte”, ordenando “disponer lo necesario para la reanudación del espectáculo taurino en la Plaza de Toros de Santa María de Bogotá.” [2] Pero el alcalde Gustavo Petro decidió entonces organizar una consulta popular y por eso me preguntaba, en aquel artículo, qué pasaría con ella, dado que realizarla podría otorgar al menos un sesgo social más horizontal a la cuestión, para bien o para mal de todos, aunque los que verdaderamente necesitados de justicia no pudieran dar su opinión. Lo cierto es que la consulta estaba en marcha.

Pero sucede ahora que el entonces progresista Consejo de Estado ya no dice lo mismo que en el 2013, señalando que la consulta iría contra un fallo de la Corte Constitucional que las declaró de interés cultural, invitando a los legisladores a legislar al respecto. [3] Aclara que no son asuntos que puedan decidirse por la regla de la mayoría y que por lo tanto sólo el Congreso puede prohibir la fiesta brava. Todo esto fundamentado por una larguísima sentencia dictaminando que cuando el Tribunal Administrativo de Cundinamarca avaló la consulta, violó los derechos propios de una sociedad pluralista. Por eso decidió dejar sin efecto la decisión del Tribunal.

Así que la consulta no se realizará en octubre próximo. Y la “tradición” se impone por vías autoritarias. Porque si de democracia se trata, el resultado de la consulta hubiera sido obvio: las encuestas daban cuenta de que, a la mayoría de los ciudadanos, este tipo de fiestas no les gustan.

Notas

[1] “Trato cruel de animales no tiene justificación: Consejo de Estado”, Ámbito jurídico, 3 de diciembre de 2013, disponible en:
http://www.ambitojuridico.com/BancoConocimiento/N/noti-131203-01trato_cruel_de_animales__no_tiene_justificacion_consejo_de_esta/noti-131203-01trato_cruel_de_animales__no_tiene_justificacion_consejo_de_esta.asp

[2] Palomino, Sally, “Corte Constitucional le dio el sí a las corridas de toros en Bogotá”, El tiempo, 2 de septiembre de 2014. Disponible en: http://www.eltiempo.com/politica/justicia/corte-constitucional-avala-corridas-de-toros-en-bogota-/14475775

[3] “Consejo de Estado pone ‘tatequieto’ a consulta taurina”, Semana, 24 de septiembre de 2015. Disponible en:
http://www.semana.com/nacion/articulo/consejo-de-estado-detiene-consulta-taurina-en-bogota/443657-3

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